3 novedades de fiscalización que toda empresa debe revisar
Mayo no es un mes de descanso fiscal. Acaba de cerrarse la temporada de declaraciones anuales y el SAT ya lleva semanas cruzando datos. Lo que viene ahora no es una pausa: es el inicio del operativo de revisión.
Este año la autoridad llegó con un plan distinto. El Plan Maestro SAT 2026, publicado mediante el Comunicado 06/2026 en enero, fijó una meta de recaudación de 5.8 billones de pesos y, por primera vez, publicó anticipadamente los 12 criterios que dispararán auditorías. La novedad no es que el SAT fiscalice; la novedad es que ahora lo hace con inteligencia artificial, acceso en tiempo real a plataformas digitales y criterios uniformes en todo el territorio nacional.
Tres frentes convergen en mayo. Los tres tienen consecuencias operativas concretas para cualquier empresa que opere en México con cierto nivel de formalidad.
Revisiones electrónicas post-declaración anual
Mayo es el mes donde el SAT procesa lo que recibió en abril. Según reportó Infobae, la autoridad concentra durante este mes la detección de inconsistencias mediante cruces de información bancaria, de plataformas digitales y de comercio exterior, lo que puede derivar en auditorías electrónicas y revisiones más precisas basadas en el análisis de riesgo.
El modelo ya no funciona con visitas presenciales aleatorias. La auditoría electrónica —artículo 53-B del Código Fiscal de la Federación— permite a la autoridad iniciar y concluir una revisión completa sin pisar las instalaciones de la empresa. Cruzan automáticamente: CFDI emitidos y recibidos, declaraciones de pagos provisionales, información bancaria, datos de comercio exterior y registros de terceros.
Los 12 criterios que activan el modelo de riesgo del SAT incluyen: pérdidas fiscales recurrentes sin sustento económico, deducciones que no guardan proporción con los ingresos, tasas efectivas de ISR por debajo del promedio del sector, operaciones con empresas que emiten facturas simuladas (EFOS) y subdeclaración de ingresos frente a información bancaria.
Lo que las áreas contables deben revisar antes de cerrar mayo: Veficar que todos los CFDI 4.0 estén correctamente emitidos y que el buzón tributario esté activo con correo y celular vigentes. Un buzón sin datos actualizados es considerado omisión grave según la RMF 2026. Si hay inconsistencias entre lo declarado anualmente y los pagos provisionales, es mejor preparar la aclaración antes de que llegue la carta invitación, no después.
Precios de Transferencia:
Vencimientos que muchos dejan para el final
Si tu empresa facturó, prestó servicios, otorgó préstamos o realizó cualquier operación con partes relacionadas durante 2025 — ya sea en México o en el extranjero — el 15 de mayo de 2026 es tu fecha límite para presentar el Anexo 9 de la DIM. No hay prórroga ordinaria. El incumplimiento puede derivar en el rechazo de deducciones, créditos fiscales y, en el contexto del Plan Maestro 2026, en activar directamente el modelo de riesgo de auditoría del SAT.
El SAT lleva varios años intensificando sus auditorías en materia de precios de transferencia, con foco en industrias como manufactura, farmacéutica, tecnología y servicios financieros. En 2026, el modelo de fiscalización inteligente permite cruzar automáticamente las operaciones reportadas en el Anexo 9 contra la información de CFDI, estados financieros y datos de comercio exterior. Las inconsistencias se detectan sin auditor presencial, lo que significa que el margen de tiempo para corregir sin consecuencias se redujo considerablemente.
Conforme a los artículos 76, 76-A, 179 y 180 de la LISR, la empresa debe contar con un Estudio de Precios de Transferencia que demuestre que las operaciones con partes relacionadas se realizaron a valor de mercado (principio de plena competencia), la metodología aplicada, el análisis de comparabilidad y la información fiscal de cada parte relacionada. Esta documentación debe estar lista a más tardar el 15 de mayo, aunque no se presente de forma automática; el SAT puede requerirla en cualquier revisión posterior. Consulta el calendario de vencimientos en la OCDE México para alinear tu estrategia con los estándares BEPS.
Economía digital bajo vigilancia permanente
El 1 de abril de 2026 entró en vigor el artículo 30-B del Código Fiscal de la Federación. Esta disposición, parte de la Reforma Fiscal 2026 publicada en el Diario Oficial de la Federación, otorga al SAT acceso en tiempo real y permanente a los sistemas de las plataformas digitales que operan en México: desde marketplaces hasta servicios de streaming, transporte y hospedaje.
Antes, las plataformas enviaban reportes periódicos al SAT. A partir de abril, la autoridad tiene acceso directo a los flujos económicos. Las implicaciones son dos. Para las plataformas mismas, la obligación técnica de habilitar el acceso bajo riesgo de bloqueo temporal. Para las empresas y personas físicas que generan ingresos a través de estas plataformas, la retención de ISR subió del 1% al 2.5% para personas físicas y se creó una nueva retención del 4% para personas morales. Sin RFC, la retención puede llegar al 20%.
Muchas pymes mexicanas utilizan plataformas digitales para cobrar servicios, gestionar pagos o distribuir productos sin haber actualizado su régimen fiscal en consecuencia. El acceso en tiempo real del SAT elimina el margen entre lo que se declara y lo que realmente ocurre en los sistemas. Las inconsistencias que antes tardaban meses en detectarse ahora son visibles de forma inmediata.
¿Tu empresa tiene expertos para este tipo de novedades?
No todas las contingencias fiscales de mayo tienen la misma solución. Algunas se resuelven con documentación ordenada. Otras requieren un especialista en precios de transferencia. Y las relacionadas con la economía digital pueden implicar una revisión del régimen fiscal de la empresa.
En Siglo BPO acompañamos el cumplimiento tributario de empresas en México con equipos especializados por materia. Si tienes dudas sobre tu exposición ante el SAT este mayo, podemos hacer una revisión sin compromiso. Conoce nuestros servicios de asesoría tributaria para México.



















